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| Término | Definición |
|---|---|
| ACCIDENTE |
Hecho involuntario o acontecimiento fortuito que causa daño a una persona o cosa. |
| Accidente de trabajo o at |
Es el suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo, y que produce en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte; así como aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, aún fuera del lugar y horas de trabajo, o durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte se suministre por el empleador. (Art. 9, capitulo II, decreto 1295/94). Los factores que causan accidentes de trabajo son técnicos, psicosociales y humanos. Algunos tipos de accidentes son: los golpes, caídas, resbalones, choques, etc. |
| Accidente sin incapacidad |
Es aquel que no produce lesiones o que si lo hace, son tan leves que el accidentado continúa trabajando inmediatamente después de lo ocurrido. |
| Acción |
Derecho subjetivo público que tienen todos los ciudadanos para acudir ante las autoridades judiciales o administrativas para garantizar la preservación de un derecho. |
| ACCIÓN ADMINISTRATIVA |
Medio que compete a los particulares para reclamar contra los actos o las providencias dictadas por las autoridades en materia administrativa, que les causen perjuicios o lesionen sus derechos. |
| ACCIÓN CIVIL |
Se ejercita mediante la interposición de la correspondiente demanda ante los jueces de esa jurisdicción, a efectos de reclamar el derecho de que el accionante se cree asistido. |
| ACCIÓN DE NULIDAD POR INCONSTITUCIONALID |
La acción de nulidad por inconstitucionalidad es el mecanismo a través del cual se pretende la declaración de inconstitucionalidad, por parte del Consejo de Estado, de los decretos dictados por el Gobierno Nacional, cuya competencia no corresponda a la Corte Constitucional. |
| Acción de Repetición |
Acción contencioso administrativa que debe promover el Estado cuando haya sido condenado a reparar daños como consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa de un agente suyo, para recuperar de su peculio el valor pagado. Esta acción se ha instituido para responsabilizar civilmente a los servidores públicos y a toda persona que actúa en nombre del Estado, por sus actuaciones; a la vez que para proteger el patrimonio público. |
| ACCIÓN DE SIMPLE NULIDAD |
Es una acción contencioso administrativa dirigida a obtener la declaración de nulidad de un acto administrativo. |
| ACCIÓN DE TUTELA |
Toda persona que ejerza reclamar la protección judicial inmediata de los derechos fundamentales. Procede cuando un derecho fundamental haya sido vulnerado o amenazado por la acción u omisión de cualquier autoridad pública. Procede en los casos señalados en la ley contra ciertos particulares. |
| ACCIÓN PÚBLICA DE INCONSTITUCIONALIDAD |
La acción pública de inconstitucionalidad es el mecanismo por medio del cual se pretende la declaración de inconstitucionalidad o de inexequibilidad, por parte de la Corte Constitucional, de todo o parte de un acto legislativo, una ley o un decreto ley, alegando que contraría la Constitución Política |
| ACCIONES DE GRUPO |
Se originan en los daños ocasionados a un número plural de personas. |
| Acoso laboral |
Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo |
| Acoso psicológico en el trabajo 7 (tambi |
Conjunto de acciones, conductas o comportamientos ejer¬cidos de manera sistemática y prolongada en el tiempo destinados a dañar la integridad psicológica de una o más personas a través de la utilización de una correlación de fuerzas asimétricas, con el fin de destruir su reputación, sus redes de comunicación y perturbar el ejercicio de sus funciones. El acoso psicológico en el trabajo presenta modalidades diferentes: acoso vertical descendente (bos¬sing), acoso vertical ascendente o acoso horizontal |
| Acoso sexual en el trabajo |
Acoso basado en cualquier comportamiento, verbal o fí¬sico, de naturaleza sexual que tenga como propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimi¬datorio, degradante u ofensivo |
