FRADEC-2023
El Fondo Educativo en Administración de Recursos para Capacitación Educativa de los Empleados Públicos del Distrito Capital “FRADEC”, está destinado al otorgamiento de créditos educativos 100% condonables por prestación de servicios y mérito académico, para financiar la educación formal de los empleados públicos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción de los niveles asistencial, técnico y profesional que conforman las entidades del Distrito Capital, incluidos los del Sector Salud (Hospitales) y Organismos de Control, en los niveles de pregrado y posgrado, de acuerdo con los requisitos que señala el Reglamento Operativo del Fondo.
Es importante señalar que el/la beneficiario (a) empleado (a) del Distrito Capital, deberá garantizar el crédito condonable, mediante un deudor solidario, para lo cual tendrá que diligenciar el respectivo formulario de “Deudor solidario”, pagar su respectivo estudio y de ser aprobado, podrá continuar el proceso diligenciando el “Formulario de Inscripción”.
Ahora bien, se aclara que el/la beneficiario (a) empleado (a) del Distrito Capital, podrá ser su propio (a) “deudor (a) solidario(a)”, caso en el cual, diligenciará el formulario de estudio sin deudor solidario, pagar el estudio y de ser aceptado, podrá continuar con el diligenciamiento del formulario de inscripción.
En caso de que no le sea aceptado ser su propio (a) “deudor (a) solidario(a), el/la beneficiario (a) empleado (a) del Distrito Capital, deberá diligenciar el formulario para estudio con un(a) deudor (a) solidario (a), realizar el pago, en caso de aprobarse, el/la deudor (a), podrá continuar con el diligenciamiento del formulario de inscripción.
En el formulario de inscripción del aspirante, se deben adjuntar los documentos en formato PDF para verificación de requisitos y calificación.
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ACTIVIDAD |
FECHAS |
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Inscripción portal WEB ICETEX: https://web.icetex.gov.co/-/fondo-fradec Diligenciar los dos formularios de:
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23 de Mayo al 9 de junio de 2023 |
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14 de junio al 21 de junio de 2023 |
Documentos Para verificar el cumplimiento de requisitos de inscripción, en el formulario de inscripción, se deberán adjuntar en formato PDF, los siguientes documentos:
Cuando durante el año inmediatamente anterior a la fecha de apertura de la convocatoria, el aspirante haya estado vinculado como servidor o servidora con derechos de carrera en diferentes entidades u organismos distritales, deberá aportar todas las Certificaciones Laborales correspondientes.
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Evaluación y calificación de aspirantes a la financiación |
22 de junio al 29 de junio de 2023 |
Reunión Junta Administradora para aprobar beneficiarios y beneficiarias |
30 de junio 2023 |
Publicación de resultados aspirantes a la financiación admitidos y no admitidos |
04 de julio de 2023 al 06 de julio 2023 |
Presentación de reclamaciones a través del correo electrónico: fradecreclamaciones@icetex.gov.co |
07 de Julio al 09 de julio de 2023 |
Reunión Junta Administradora para revisar reclamaciones y definir lista final de aprobados |
12 de julio de 2023 |
Publicación definitiva de aspirantes que presentaron reclamaciones y que fueron aprobados por la Junta Administradora del Fondo |
17 de Julio de 2023 |
Legalización del crédito educativo con los documentos solicitados en el Reglamento del Fondo DE MANERA DIGITAL en la URL dispuesta por el ICETEX, subsanación de documentos cargados en la URL ICETEX (en caso de alguna observación). |
18 de Julio al 23 de Julio de 2023 |
Firma de garantías de manera digital |
01 de agosto al 09 de agosto de 2023 |
2. REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS ASPIRANTES A LA FINANCIACIÓN
Las y los empleados públicos que se postulen como aspirantes a la financiación del Fondo “FRADEC”, deberán acreditar como mínimo los siguientes requisitos:
- Ser empleado (a) público (a) con derechos de carrera administrativa en el sistema general o de libre nombramiento y remoción de los niveles asistencial, técnico o profesional que conforman las entidades del Distrito Capital, incluidos los del Sector Salud (Hospitales) y Organismos de Control.
- Estar laborando en el Distrito Capital con derechos de carrera durante mínimo el año inmediatamente anterior a la fecha de apertura de la convocatoria.
- Estar laborando en el Distrito Capital más de 4 años en el mismo cargo y entidad cuando la vinculación corresponda a libre nombramiento y remoción.
- No haber sido sancionado (a) disciplinariamente durante el año inmediatamente anterior a la fecha de apertura de la convocatoria o durante el proceso de selección.
- Estar en proceso de admisión y/o admitido (a) en una Institución de Educación Superior que se encuentre debidamente autorizada por el Ministerio de Educación Nacional para adelantar Programas Académicos de educación formal, del nivel Técnico Profesional, Tecnológico, Profesional o Posgrado en Colombia. El programa debe estar aprobado por el Ministerio de Educación Nacional.
- Los beneficiarios (as) de créditos otorgados por parte de los fondos educativos del Distrito Capital, incluyendo el Fondo FRADEC, que condonaron sus obligaciones, tendrán derecho a presentarse nuevamente a este Fondo, beneficiándose en un máximo de dos (2) oportunidades, privilegiando, en todo caso a quienes se benefician por primera vez, teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos del Fondo.
No se podrán recibir beneficios simultáneos de Fondos educativos de entidades del Distrito; se excluyen los reconocimientos económicos obtenidos en el marco de los Planes de Incentivos Pecuniarios o No Pecuniarios recibidos de conformidad con lo señalado en la normativa vigente.
3. RUBRO A FINANCIAR
Con cargo al Fondo “FRADEC”, se financiará por semestre o ciclo académico, el rubro “Matrícula Ordinaria”, hasta por el monto señalado a continuación, para dar inicio o culminar Programas Académicos de educación formal del nivel de formación: Técnico Profesional, Tecnológico, Universitario y Postgrado, en Instituciones de Educación Superior de Colombia, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento.
Nivel de Formación |
Monto máximo a financiar por semestre o ciclo académico |
Técnico Profesional |
Hasta 3 SMMLV (salarios mínimos mensuales vigentes) |
Tecnológico |
Hasta 3 SMMLV (salarios mínimos mensuales vigentes) |
Universitario |
Hasta 6 SMMLV (salarios mínimos mensuales vigentes) |
Postgrado |
Hasta 7 SMMLV (salarios mínimos mensuales vigentes) |
IMPORTANTE: El monto total del crédito educativo corresponderá a la sumatoria de los montos financiados para el rubro “Matrícula Ordinaria” por semestre o ciclo del Programa Académico cursado, no incluye valores tales como seguros, carnés, cursos vacacionales u otros diferentes al rubro matrícula.
4. INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y PROGRAMAS ACADÉMICOS AUTORIZADOS
Serán elegibles a la financiación del Fondo “FRADEC” las y los empleados públicos que vayan a cursar o culminar Programas Académicos en modalidad presencial, semipresencial o virtual en Instituciones de Educación Superior de Colombia, que se encuentren debidamente autorizadas por el Ministerio de Educación Nacional.
5. PLAZOS Y PROCEDIMIENTOS
Los plazos requeridos para el desarrollo de cada una de las actividades enmarcadas en la décima tercera convocatoria del Fondo “FRADEC” corresponderán a los señalados en el numeral 1. Cronograma.
Los procedimientos que describen cómo se adelantarán cada una de ellas se relacionan a continuación.
5.1 Publicación, Apertura y Divulgación de la Convocatoria
La décima Tercera convocatoria del Fondo “FRADEC” (2023-2) estará publicada en la página del ICETEX, www.icetex.gov.co. Para su socialización, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (DASCD), efectuará la difusión de la Convocatoria a través de la página web www.serviciocivil.gov.co.
5.2 Inscripción Aspirantes a la Financiación y Deudor Solidario
Los empleados públicos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción de los niveles asistencial, técnico y profesional que conforman las entidades del Distrito Capital, incluidos los del Sector Salud (Hospitales) y Organismos de Control, interesados en participar como posibles beneficiarios de la financiación, deberán conocer de manera integral el Reglamento Operativo del Fondo “FRADEC”, así como los Lineamientos de la Convocatoria para surtir su proceso de inscripción, el cual deberá desarrollarse así:
El/ la interesado/a que considere que reúne los requisitos y condiciones establecidos en la Convocatoria y el Reglamento Operativo, deberá acceder a la página del ICETEX, www.icetex.gov.co, e ingresar a través del link destinado al “FRADEC”, a fin de diligenciar íntegramente el formulario de inscripción.
La información registrada en el formulario de inscripción es responsabilidad única del/la aspirante, por lo cual, si al momento de legalizar el crédito se encuentran inconsistencias, dará lugar a la no legalización del crédito y anulación de la aprobación de éste, sin perjuicio de las denuncias de tipo penal y disciplinario a las que haya lugar.
IMPORTANTE:
- El/la servidor/a interesado/a en hacerse partícipe de la convocatoria deberá adelantar los trámites de inscripción dentro de los plazos y condiciones establecidas.
- El/la aspirante a la financiación debe diligenciar el formulario del deudor solidario, figura que, en primera instancia, podrá ser ejercida por el mismo servidor o servidora pública y, luego deberá diligenciar el formulario de inscripción.
- Antes de diligenciar el formulario debe leer cuidadosamente la información que se le solicita, debe ser preciso con los datos que registra, después no se aceptarán cambios.
5.3 Documentos para verificación de requisitos de inscripción y calificación
Para acreditar los Requisitos Mínimos de los Aspirantes del Crédito Condonable y como soporte para la Evaluación y Calificación, los y las servidoras deberán registrar en el formulario de inscripción del ICETEX como archivos PDF, los documentos relacionados a continuación:
- Certificación laboral expedida por la Entidad Distrital en la cual se encuentre vinculado (a), con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días hábiles, la cual deberá contener:
a. Misión y Funciones de la Entidad.
b. Nivel, Cargo, Código y Grado.
c. Tipo de Vinculación.
d. Fecha de Vinculación.
e. Asignación Básica Mensual.
f. Resultado de la última evaluación del desempeño
g. Si registra o no sanción disciplinaria en firme en el año inmediatamente anterior a la fecha de postulación a la financiación.
Cuando durante el año inmediatamente anterior a la fecha de apertura de la convocatoria, el aspirante haya estado vinculado como servidor o servidora con derechos de carrera en diferentes entidades u organismos distritales, deberá aportar todas las Certificaciones Laborales correspondientes en las condiciones previamente establecidas.
- Certificación de inscripción, o constancia de admisión o recibo de matrícula para cursar o culminar Programas Académicos de educación formal del nivel Técnico Profesional, Tecnológico, Profesional o Posgrado expedida por una Institución Educativa en Colombia que se encuentre debidamente autorizada por el Ministerio de Educación Nacional, la cual deberá tener fecha de expedición no mayor a treinta (30) días hábiles.
Además, deberá contener el tiempo de duración de los estudios de acuerdo con la periodicidad del mismo (bimestral, trimestral, semestral o anual), el costo por ciclo (bimestre, trimestre, semestre o año) y el costo total del Programa. También deberá relacionar la fecha de iniciación y terminación proyectada de los estudios.
- Certificado electoral o certificación de la Registraduría Nacional del Estado Civil correspondiente a la última jornada de comicios adelantada en el país. Si lo tiene.
- A efectos de acreditarse dentro de los criterios de calificación y evaluación o como un criterio de desempate, las personas que presentan algún tipo de discapacidad, sean cabeza de familia o víctimas del conflicto armado, al momento de la inscripción, deberán acreditar dicha condición, con los siguientes documentos:
SUJETO DE ESPECIAL PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL |
REQUISITOS O CONDICIONES DE ACREDITACIÓN |
Víctima del Conflicto Armado |
Certificado de Inscripción o actualización en el Registro Único de Víctimas (Artículos 155 y 156 de la Ley 1448 de 2011. “Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones.”) |
Personas con Discapacidad |
Certificado de Discapacidad (Resolución No. 00113 de 31 de enero de 2020 “Por el cual se dictan disposiciones en relación con la certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad) |
Madre o Padre Cabeza de Familia |
Declaración juramentada ante Notario Público en el que se declara la condición de Mujer Cabeza de Familia (artículo 2 de la Ley 82 de 1993 ) o padre cabeza de familia. |
IMPORTANTE:
· El empleado o la empleada pública con Evaluación del Desempeño Laboral en firme con calificación No Satisfactoria no podrá participar en la presente Convocatoria.
· El servidor o servidora admitida al proceso deberá allegar los documentos requeridos dentro de los plazos, términos y condiciones establecidas a fin de continuar en el mismo.
· En caso de que el aspirante o la aspirante admitida no envíe la documentación requerida, se entenderá que desiste del crédito educativo condonable.
5.4 Evaluación y Calificación de Aspirantes a la Financiación
El ICETEX, a partir de la información consignada en la solicitud por el o la aspirante en el formulario de inscripción, determinará si éste cumple o no con los requisitos mínimos y demás condiciones para su inclusión al proceso. Las omisiones o inconsistencias en la información requerida, el incumplimiento de los plazos de inscripción o de los requisitos establecidos, serán causales de exclusión del proceso.
Consolidada la información de los aspirantes a la financiación que cumplen la totalidad de requisitos mínimos establecidos en la convocatoria se determinará si procede su admisión en el proceso y con base en la información diligenciada, el ICETEX procederá a evaluar y calificar cada una de estas solicitudes de financiación de conformidad con los siguientes criterios y puntajes: antigüedad en el empleo, nivel del cargo desempeñado, resultado en firme de la última evaluación anual del desempeño laboral, congruencia del Programa Académico con la misión y funciones de la Entidad o si el programa fortalece las competencias digitales de los empleados públicos, personas con discapacidad, víctimas del conflicto armado o cabeza de familia y certificado electoral de la última jornada de comicios. La calificación total máxima será de 100 puntos, resultado de la información consignada en el formulario de postulación que se diseñe para este fin y de la documentación que se anexe como soporte al mismo, de acuerdo con la siguiente tabla:
Criterio de Evaluación |
Calificación |
Antigüedad como empleado público del Distrito Capital |
Hasta 30 puntos |
Nivel del cargo desempeñado |
Hasta 20 puntos |
Congruencia del Programa Académico con la misión y funciones de la Entidad o si el programa fortalece las competencias digitales de los empleados públicos |
Hasta 20 puntos |
Resultado en firme de la última Evaluación Anual del Desempeño Laboral |
Hasta 15 puntos |
Personas con discapacidad, víctimas del conflicto armado o cabeza de familia. |
Hasta 10 puntos |
Certificado electoral de la última jornada de Comicios |
Hasta 5 puntos |
Total |
100 puntos |
Para efectos de establecer la antigüedad en el servicio público distrital, se tendrá en cuenta las certificaciones de experiencia laboral adquirida en entidad y organismos distritales, como empleado de carrera administrativa sin solución de continuidad. Para los empleados públicos de libre nombramiento y remoción, deberá tenerse en cuenta lo previsto en el numeral 3, del artículo 9 del presente reglamento. La acreditación de la condición de discapacidad, víctima de conflicto armado o la condición de madre o padre cabeza de familia, deberá hacerse en los términos señalados en las normas vigentes y la jurisprudencia sobre la materia.
La calificación de los criterios de evaluación será aplicada teniendo en cuenta la siguiente valoración:
5.4.1 Antigüedad en el Empleo – Hasta 30 puntos
Criterio de Evaluación |
Calificación |
Entre 1 y 5 años |
Hasta 20 puntos |
Entre 5,1 y 8 años |
Hasta 23 puntos |
Entre 8,1 y 12 años |
Hasta 25 puntos |
Entre 12,1 y 16 años |
Hasta 28 puntos |
16,1 años o más |
Hasta 30 puntos |
5.4.2 Nivel del Cargo Desempeñado – Hasta 20 puntos
Criterio de Evaluación |
Calificación |
Nivel asistencial |
20 puntos |
Nivel Técnico |
15 puntos |
Nivel Profesional |
10 puntos |
5.4.3 Resultado en firme de la última Evaluación Anual del Desempeño Laboral (EADL) – Hasta 15 puntos
Criterio de Evaluación |
Calificación |
Resultado con EADL con calificación sobresaliente |
15 puntos |
Resultado con EADL con calificación diferente a sobresaliente |
10 puntos |
5.4.4 Congruencia del Programa Académico con la misión y funciones de la Entidad o si el programa fortalece las competencias digitales de los empleados públicos – Hasta 20 puntos.
Criterio de Evaluación |
Calificación |
El programa académico guarda congruencia con la misión y funciones de la entidad. |
20 puntos |
El Programa Académico se encuentra relacionado con Seguridad de la información, ciencias de datos, ingenierías de software, estadística aplicada. |
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El programa académico no guarda congruencia con la misión y funciones de la entidad o con el fortalecimiento de competencias digitales. |
5 puntos |
5.4.5 Personas con discapacidad, víctimas del conflicto armado o cabeza de familia. – Hasta 10 puntos.
Valoración |
Calificación |
Es persona con discapacidad, víctima del conflicto armado o cabeza de familia |
10 puntos |
Si no es persona con discapacidad, víctima del conflicto armado o cabeza de familia |
5 Puntos |
5.4.6 Certificado electoral de la última jornada de Comicios – Hasta 5 puntos
Criterio de Evaluación |
Calificación |
Presenta certificado electoral correspondiente a la última jornada adelantada en el país. |
5 puntos |
No presenta certificado electoral correspondiente a la última jornada adelantada en el país. |
5 puntos |
Para efectos de ser seleccionado como posible beneficiario a la financiación del Fondo, el postulante deberá obtener una calificación mínima de cincuenta (50) puntos como producto de la evaluación realizada por el ICETEX.
La selección de beneficiarios (as) se realizará en estricto orden de puntaje, de acuerdo a los criterios establecidos.
En caso de calificaciones iguales entre dos o más postulantes, cuando los recursos del Fondo no sean suficientes para atender más solicitudes, se tendrán en cuenta los siguientes criterios para el desempate, que se aplicaran en el siguiente orden de prevalencia:
1. Menor asignación básica mensual del postulante.
2. Mujeres:
a) Cabeza de familia
b) Víctimas del conflicto armado
c) Con discapacidad o enfermedad catastrófica
d) Pertenecientes a grupos étnicos
En caso de prevalecer empate se dirimirá mediante sorteo, el cual será realizado por el ICETEX.
5.5 Publicación de Resultados de los aspirantes a la financiación admitidos en el proceso
A partir de evaluación y calificación realizada por el ICETEX, se celebrará una Junta para aprobar el listado de admitidos. El ICETEX efectuará la publicación de la totalidad de los aspirantes inscritos indicando si fueron admitidos o no para continuar en el proceso. La admisión al proceso estará determinada por la información consignada y los documentos soportes adjuntados por el aspirante, de acuerdo con el cumplimiento de los requisitos que hacen parte integral de la convocatoria.
IMPORTANTE: El ser admitido en el proceso NO genera ningún derecho para el aspirante a la financiación, ni obligación para el FONDO, hasta tanto no se verifique la disponibilidad presupuestal, se surta aprobación de la Junta Administradora del Fondo, el posible beneficiario debe efectuar los trámites de legalización del crédito educativo, se lleve a cabo la validación de la Calificación del postulante, una vez presentados los documentos soportes para la evaluación y se cuente con el concepto jurídico viable de las garantías por parte del ICETEX.
5.6 Reclamaciones
Los inscritos que no resulten admitidos para continuar en el proceso, podrán presentar a través del correo electrónico: fradecreclamaciones@icetex.gov.co la reclamación respectiva. Es importante aclarar que en la fase de reclamaciones no será procedente modificar, ampliar o reemplazar la información inicialmente consignada en el formato de inscripción. Las reclamaciones presentadas son puestas a consideración de la junta para su validación.
5.7 Aprobación de la Junta Administradora del Fondo de los Posibles Beneficiarios a la Financiación
La aprobación de beneficiarios y adjudicación de los créditos estará a cargo de la Junta Administradora del Fondo “FRADEC”, a partir de la evaluación realizada por el ICETEX, entre los aspirantes que hayan obtenido o superado la calificación mínima establecida hasta agotar el presupuesto disponible, protegiendo siempre la sostenibilidad de las cohortes y teniendo en cuenta los compromisos adquiridos por el Fondo, así como el estricto orden de mérito resultante de este proceso.
5.8 Legalización del Crédito
5.8.1 Recepción de Documentos
Los y las servidoras relacionadas en el Listado de Admitidos aprobado por la Junta Administradora de FRADEC deberán allegar por el medio que establezca el ICETEX, los siguientes documentos:
1. Formulario ICETEX diligenciado vía Web.
2. Fotocopia del documento de identidad del beneficiario.
3. Fotocopia del documento de identidad del deudor solidario, cuando a ello haya lugar.
4. Si el deudor solidario consignó en el formulario que era independiente debe anexar la declaración de renta del año gravable inmediatamente anterior si la tiene, y/o el certificado de ingresos y retenciones, firmado por contador público titulado en donde se anexe la copia de la tarjeta profesional y copia de la identificación del contador que certifica.
Si el deudor solidario consignó en el formulario que es empleado debe anexar el certificado de Ingresos y retenciones del año gravable inmediatamente anterior.
5. Formulario de información del deudor solidario registrado en la página Web de ICETEX y la aprobación del estudio realizado por la central de riesgos determinada por el ICETEX.
5.8.2. Constitución de garantías
La obligación crediticia podrá ser respaldada directamente por el beneficiario (a) a la financiación; no obstante, en caso de que el resultado del estudio realizado por la central de riesgos sea negativo, habrá lugar a la presentación de deudor solidario para su estudio y aprobación.
Los servidores y servidoras deberán suscribir un Pagaré (implica la firma digital del mismo por parte del beneficiario (a) y una Carta de Instrucciones (manifestación de conocer y aceptar las obligaciones adquiridas con el ICETEX, y lo autorizan para llenar los espacios en blanco del pagaré que se suscriba implica la firma digital)., previa aprobación del estudio del deudor solidario (cuando haya lugar), el cual deberá ser tramitado a través de la página web y efectuado por la central de riesgos establecida por el ICETEX.
El ICETEX verificará a partir de la totalidad de la documentación aportada, de la evaluación realizada y las calificaciones obtenidas, si el aspirante cumple o no con la totalidad de los requisitos, procedimientos y condiciones exigidas en la convocatoria. Con estos resultados se emitirá el concepto jurídico de acceso al crédito educativo.
IMPORTANTE: La legalización del crédito educativo se encuentra sujeta a los requisitos que establezca el ICETEX para tal efecto y serán de obligatorio cumplimiento por parte de los aspirantes a la financiación.
6. INFORMACIÓN DEL CRÉDITO EDUCATIVO
De acuerdo con lo establecido en el reglamento operativo del Fondo FRADEC.
7. ASPECTOS A TENER EN CUENTA
Cuando los servidores y servidoras requieran tiempo de la jornada laboral para el desarrollo de los estudios, deberán gestionar ante la Subdirección del Talento Humano o la dependencia que haga sus veces dentro de la entidad en la que laboran, el respectivo permiso de estudios de conformidad con los trámites que para tal efecto estén establecidos para la solicitud, aprobación y compensación del respectivo permiso.
Los recursos para la 13a Convocatoria del FRADEC fueron aprobados en el Acuerdo Laboral Distrital 2020 y 2022 firmado entre la Administración Distrital y las Organizaciones Sindicales:
CGT, CNT, CTU USCTRAB, CUT, FECOTRASERVI PUBLICOS, ADAE, ASED, ASITCONSALUD, ASMEDAS, ASOEDUCADORES, ASONAL COLOMBIA, ASONALEDUCATIVA, BIOPAZ, CSPC, CTC, FEDEASONAL, FEDEUSCTRAB AMBIENTAL, FEDEUSCTRAB BOGOTA, FEDEUSCTRAB ESTATAL, FEDEUSCTRAB NACIONAL, FENALTRAESP, FENALTRASE, PROPAIS, SABOC, SCJBOGOTA, SER NACION, SICOLPED, SIMO D.C, SINDESS NACIONAL, SINDISTRITALES, SINEPSED, SINTRA HOSPITAL VISTA HERMOSA, SINTRAEDUCACION, SINTRAHENGATIVA, SINTRAHOSKEN, SINTRASALUD, SINTRASED, SINTRASUBRED SUR, SIPATCO, UNES COLOMBIA, UNETE, UNICIRUPED, USCTRAB y UTRADEC - CGT