Comisión por servicios
Comisión por servicios
| Decreto 1083 de 2015/Decreto 648 de 2017 | Temas a resaltar |
|---|---|
| Carácterísticas de la comisión (Art. 2.2.5.5.25) | 1. Puede ser al interior o exterior. |
| 2. Se otorga para: - Ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo - Cumplir misiones especiales conferidas por los superiores - Asistir a reuniones, conferencias o seminarios - Realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado |
|
| 3. La comisión es obligatoria, porque hace parte de los deberes del empleado. | |
| Duración de la comisión (Art. 2.2.5.5.26) | 1. Las comisiones al exterior, por el término estrcitamente establecido para cumplir con su objeto, más uno de ida y otro de regreso, salvo que este tiempo no se condiere suficiente para el desplazamiento, caso en el cual se autorizará el término mínimo que se considere necesario |
| 2.Las comisiones al interior, por el término de 30 días hábiles, prorrogables por razones del servicio y por una sola vez, por 30 días hábiles más. | |
| Si se trata de una comisión para cumplir funciones de inspección o vigilancia o si por su naturaleza exige una duración mayor, no se aplicará el término de los 30 días. | |
| 3. Está prohíbida la comisión de servicios de carácter permanente. | |
| Derechos del empleado (Art. 2.2.5.5.27) | 1. Al reconocimiento de la remuneración mensual que corresponde al cargo que desempeña. |
| 2. Al reconocimiento de viáticos y gastos de transporte, si estos últimos se causan fuera del perímetro urbano. El valor de los viáticos dependerá de los lineamientos y topes señalados anualmente por el Gobierno nacional. | |
| 3. Si la comisión por servicios se confiera dentro de la misma ciudad o la totalidad de los gastos serán asumidos por otro organismo o entidad, no habrá lugar al pago de viáticos y gastos de transporte. | |
| 4. Si los gastos son asumidos parcialmente por otro organismo o entidad, solo se reconocerá la diferencia. | |
| Deberes del empleado (Art. 2.2.5.5.29) | Presentar informe ante el superior inmediato, dentro de los 3 días siguientes a la finalización de la comisión. |
| Prohibiciones (Art. 2.2.5.5.30) | 1. No se pueden expedir decretos o resoluciones para autorizar comisiones sin el cumplimiento de los requisitos legales. |
| 2. No pueden conferirse comisiones al interior ni al exterior cuyos gastos sean sufragados por particulares que tengan interés directo o indirecto en la gestión. |

