Vinculado en un cargo de carrera administrativa
Persona que se vincula a un cargo de carrera administrativa sin tener derechos de carrera, como las personas con nombramiento en provisionalidad.
Persona que se vincula a un cargo de carrera administrativa sin tener derechos de carrera, como las personas con nombramiento en provisionalidad.
Es la forma como una entidad se organiza con el fin de afrontar las funciones que le asignan, estableciendo jerarquías entre sus dependencias.
Es la forma en que las entidades públicas acorde con lo dispuesto en la ley 909, asigna a los diferentes niveles jerárquicos unos grados de remuneración progresiva, que valora las responsabilidades y requisitos de la correspondiente planta de personal.
Es la relación de empleos que tiene establecidos una entidad con el fin de efectuar las funciones de carácter misional y permanente asignadas.
Constitución política de Colombia, artículo 123.- Son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios. Los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad; ejercerán sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento. La ley determinará el régimen aplicable a los particulares que temporalmente desempeñen funciones públicas y regulará su ejercicio.
Es el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del Estado
Es el servidor cuya vinculación se formaliza a través del acto de nombramiento y la posesión. Su relación laboral se encuentra establecida por la ley o por reglamentos. Los requisitos, funciones, jornada laboral, remuneración y prestaciones, situaciones administrativas, evaluación de desempeño, bienestar, estímulos, capacitación, causales de retiro y responsabilidad disciplinaria se encuentran determinados en el manual de funciones o en la ley.
Es aquel servidor vinculado mediante un contrato de trabajo que regula el régimen del servicio que va a prestar, permitiendo la posibilidad de discutir las condiciones aplicables en materia salarial, prestacional, jornada laboral, entre otros aspectos. Los pactos y convenciones colectivas, el reglamento interno de trabajo, los laudos arbitrales, hacen parte del contrato de trabajo. Son la regla general en las empresas industriales y comerciales del Estado.
Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.
Es la cantidad de contratos suscritos en una vigencia, los cuales pueden estar o no vigentes