Situaciones Administrativas

Si la Unidad Administrativa Especial - Cuerpo Oficial de Bomberos, en Bogotá estableció el deber de trabajar el día sábado, ¿éste será considerado como hábil en el cómputo para el disfrute de las vacaciones?

¿Es viable contabilizar el tiempo de vacaciones de lunes a viernes al personal uniformado del Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá, aclarando que dichos empleados tienen una jornada laboral bajo el sistema de turnos en horarios mixtos (diurnos y nocturnos) conforme a la Resolución 80 de 2019 de la UAECOB, toda vez, que por la naturaleza misma de la actividad que desarrollan, requiere la prestación del servicio en forma continua y permanente?. Actualmente se contabiliza para efectos de vacaciones de lunes a sábado.

Trámite que debe agotarse para demandar un acto administrativo que otorga un encargo ante la Jurisdicción de los Contencioso Administrativo

Cualquier reclamación relacionada con los encargos, en primera instancia, debe ser presentada ante la Comisión de Personal de la entidad, en caso de inconformismo con la respuesta, se debe adelantar el tramite ante la Comision Nacional del Srvicio Civil para que adelante la segunda instancia. 

Incompatibilidad de la Licencia no remunerada con la Docencia.

Durante la licencia el emplado no pierde su calidad de Funcionario Público, una exepción a la prohibición constitucional de recibir más de una asignación que provenga del tersoro público, prevista en el artículo 19 de la Ley 4 de 1992, por tratarse de honorarios percibidos por concepto de hora catedra wa ub horario extralaboral, se considera viable que continue dictando sus clases como lo ha venido haciendo hasta la fecha.

ama a bogota
Logo Gov.co
Logo marca pais Colombia