Aceptación de la renuncia.
¿Es prodecente el pago de salarios a funcionario que continúa laborando a pesar de habérsele notificado la aceptación de la renuncia?.
¿Es prodecente el pago de salarios a funcionario que continúa laborando a pesar de habérsele notificado la aceptación de la renuncia?.
Si a la funcionaria, le fue comunicado el acto administrativo de aceptación de la renuncia en la misma fecha de su expedición, y ésta por el desconocimiento del mismo laboró asistiendo a reuniones de carácter institucional, este Departamento considera que la obligación de la administración es la de pagar a sus servidores los salarios causados con ocasión del servicio efectivamente prestado, en razón al vinculo legal y reglamentario.
Sobre la entrega y recepción de los asuntos y recursos públicos por parte del servidor público, a quien se le ha comunicado el acto administrativo de insubsistencia, es procedente el reconocimiento de la retribución económica por el tiempo prestado en la entrega de los asuntos, documentos y bienes a su cargo.
¿Cuáles son las causales para el despido de un empleado de carrera en el Distrito Capital'.
Obligaciones de los tesoreros y almacenistas al momento de retiro del servicio.
Entrega de un cargo de Libre Nombramiento y Remoción.
Debido a que un nombramiento provisional no fue prorrogado se le solicita a la funcionaria la entrega formal del cargo; sin que haya sido atendida dicha solicitud.
¿Es viable suscribir contratos de prestación de servicios con personas que estén gozando de pensión o tengan edad de retiro forzoso?
¿Las disposiciones legales respecto de la Licencia de Luto son aplicables a los contratistas vinculados por medio de Contrato de Prestación de Servicios?
Naturaleza jurídica de los Contratos de Prestación de Servicios.