Pago de indemnización de vacaciones

Trabaje en la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, que es un establecimiento público de Bogotá D.C, por espacio de 4 años y 4 meses; y me enviaron resolución mediante la cual me reconocen prestaciones sociales; las cuales incluyen dos periodos de vacaciones que no disfrute, en la liquidación me están pagando los dos periodos.
Me deben liquidar una indemnización por no haber disfrutado el tiempo de vacaciones, lo pregunto por cuanto varios compañeros me dicen que si es así, que me deben liquidar las vacaciones prima de vacaciones y el tiempo que no disfrute.

Funciones del almacenista en la Secretaría General de la Alcaldia Mayor de Bogotá

Solicito se me brinde claridad a las siguientes inquietudes: 
Existe el cargo de almacenista en la Alcaldía mayor de Bogotá?
Que funciones tiene?
Que salario?
Quien es el funcionario encargado de los inventarios de la Alcaldía?
quien hace la dotación de los bienes de consumo y devolutivos? 
Si las funciones de almacenistas existe que grado es en el cargo: auxiliar administrativo, técnico o profesional?
Que nomenclatura tiene en la planta de la Alcaldía mayor de Bogotá y bajo que dirección esta custodiada esa actividad?

Posibilidad prórroga contratos de prestación de servicios

Quisiera me informaran si nos van a dar una oportunidad o apoyar con la contratación de los servidores publicos (contratistas), esto debido a que en algunas entidades a muchos se nos termino el contrato y no hubo prorroga para muchos, a nosotros tambien nos esta tocando la cuarentena y la afectación economica es bastante irrelevante, en especial a los que somos padres o madres cabeza de familia con dos o mas hijos, es preocupante por que nosotros los contratistas no tenemos beneficios o subsidios y si se llega a extender la cuarentena que va a pasar con nosotros, en esta epoca de cuarentena es muy dificil conseguir un empleo que nos brinde por lo menos la seguridad social y la alimentacion para nuestros hijos o uno donde podamos obtener ingresos y asi solventar estas necesidades, sra. alcaldesa admiro su gran labor por los colombianos pero le pido apoye a los contratistas que somos cabeza de familia y necesitamos en este momento trabajar para sacar adelante a nuestra familia (nuestros hijos)

Situaciones administrativas por Covid-19

1. Varios servidores del personal operativo de la entidad que han presentado síntomas gripales, se han enviado para sus casas como medida de prevención, en qué situación administrativa se encuentran, cómo legalizarla y cómo se deberá efectuar ese pago ya que laboran por turnos trabajando en horarios nocturnos, dominicales o festivo, así mismo para el caso de funcionarios que se encontraban en vacaciones y llegaron al país y se encuentran en cuarentena obligatoria, si es cómo una incapacidad de la E.P.S o A.R.L ¿quiénes asumen esos pagos ya que no tienen incapacidad médica, pero se envían a sus casas por prevención?.
2. Dando cumplimiento a la circular No. 24 de la Secretaria General, sobre lineamientos distritales para la contingencia del virus Covid-19, se implementó teletrabajo extraordinario a los funcionarios mayores de 60 años o con algún tipo de riesgo. El personal operativo labora por turnos. Si la prestación de su labor por la modalidad de teletrabajo se efectúa en los turnos diurnos y nocturnos en días festivos y dominicales. ¿Cómo se efectuaría su pago teniendo en cuento recargos y horas extras?
3. ¿En caso de que un funcionario se le haya efectuado el pago de las vacaciones en el mes de febrero ya que sus vacaciones iniciaban el 14 de marzo de 2020 y terminaban el 01 de abril de 2020, y este se encontraba fuera del país, el funcionario consulta si por el periodo de aislamiento preventivo se le interrumpían vacaciones?”

Situaciones administrativas por Covid-19

1. Varios servidores del personal operativo de la entidad que han presentado síntomas gripales, se han enviado para sus casas como medida de prevención, en qué situación administrativa se encuentran, cómo legalizarla y cómo se deberá efectuar ese pago ya que laboran por turnos trabajando en horarios nocturnos, dominicales o festivo, así mismo para el caso de funcionarios que se encontraban en vacaciones y llegaron al país y se encuentran en cuarentena obligatoria, si es cómo una incapacidad de la E.P.S o A.R.L ¿quiénes asumen esos pagos ya que no tienen incapacidad médica, pero se envían a sus casas por prevención?.
2. Dando cumplimiento a la circular No. 24 de la Secretaria General, sobre lineamientos distritales para la contingencia del virus Covid-19, se implementó teletrabajo extraordinario a los funcionarios mayores de 60 años o con algún tipo de riesgo. El personal operativo labora por turnos. Si la prestación de su labor por la modalidad de teletrabajo se efectúa en los turnos diurnos y nocturnos en días festivos y dominicales. ¿Cómo se efectuaría su pago teniendo en cuento recargos y horas extras?
3. ¿En caso de que un funcionario se le haya efectuado el pago de las vacaciones en el mes de febrero ya que sus vacaciones iniciaban el 14 de marzo de 2020 y terminaban el 01 de abril de 2020, y este se encontraba fuera del país, el funcionario consulta si por el periodo de aislamiento preventivo se le interrumpían vacaciones?”

Servidora que no pudo regresar al país al término de sus vacaciones por emergencia sanitaria COVID-19

Cordialmente me permito informar que salí a disfrutar de mis vacaciones el día 11 de marzo de 2020, día en el que inició mi viaje a Melbourne Australia, puesto que ya estaban programadas para compartir con mi hijo en este país. Y como es bien sabido por el tema que vivimos actualmente a nivel global del virus COVID 19 en este momento, la aerolínea LATAM Airlines me canceló el vuelo que tenía programado para el día 15 de abril del presente año (...)
1. ¿Cuál es el procedimiento una vez se termine la situación administrativa de vacaciones (24 de abril de 2020) de la Servidora Pública, en caso en que no pueda llegar a Colombia?
2. ¿Qué debe hacer la Secretaría en lo referente al pago de salarios y demás prestaciones sociales de la Servidora Pública, en el evento en que culminen sus vacaciones y no pueda retornar al país?
3. ¿Cuál sería la situación administrativa de la servidora en el evento anterior?
4. ¿De conformidad con las funciones asignadas puede o no realizar trabajo en casa?
5. ¿La servidora puede solicitar vacaciones anticipadas?
Lo anterior, de conformidad a la posibilidad de no poderse desplazar hasta el territorio Colombiano a ejercer sus funciones una vez transcurra el período de cuarentena obligatoria, igualmente, sin tener conocimiento de la probabilidad de que se extienda la cuarentena.

Aplicación de norma para creación empleos temporales

Amablemente se solicita nos indiquen la normatividad que se debe aplicar para el estudio técnico tendiente la creación de los empleos temprales, en razón a la diferencia de los requisitos del Nivel Técnico que establece la normativa nacional y la distrital, y que impactará en los REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA que se definan en el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales y en la escala salarial.

Aplicación de norma para creación empleos temporales

Amablemente se solicita nos indiquen la normatividad que se debe aplicar para el estudio técnico tendiente la creación de los empleos temprales, en razón a la diferencia de los requisitos del Nivel Técnico que establece la normativa nacional y la distrital, y que impactará en los REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA que se definan en el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales y en la escala salarial.

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