Liquidación Pago y Compensatorios
Forma de Liquidar y Pagar los recargos nocturnos, horas extras, dominicales, festivos y el disfrute de compensatorios.
Forma de Liquidar y Pagar los recargos nocturnos, horas extras, dominicales, festivos y el disfrute de compensatorios.
La Hora Extra es aquella que se labora después de completar la Jornada Legal.
¿A qué hora empieza la hora Extra Nocturna para el Empleado Público?
Es potestativo de los representantes legales de todas las entidades públicas fijar horarios alternativos dentro de la jornada laboral, y su adopción debe corresponder a las necesidades del servicio, sin que se afecte el cumplimiento de los fines y metas estatales.
Jornada laboral del Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá.
Horario para Empleados Distritales de 9:30 am a 7.00 p.m.
El jefe del respectivo Organismo podrá establecer el horario de trabajo y compensar la jornada del sábado con tiempo diario adicional de labor, sin que en ningún caso dicho tiempo compensatorio constituya trabajo suplementario o de horas extras.
Ejercicio de la Docencia por parte de Servidores Públicos.
Ejercicio de la Docencia por parte de Servidores Públicos.
Los Servidores y las Servidoras del Distrito capital que ejerzan la Docencia Universitaria, podrán hacerlo con un límite de cinco (5) horas semanales en la Jornada Laboral, siempre y cuando no se afecte el normal cumplimiento de la Función Pública encomendada.