Provisión de vacantes mediante nombramiento de carácter provisional

En lo referente a la selección o escogencia de aspirantes, para ocupar empleos vacantes mediante nombramientos de carácter provisional, nuestra legislación no contempla un procedimiento para el efecto, sin embargo, el jefe de la entidad u organismo, en quien recae la facultad nominadora, puede implementar procedimientos con dicho propósito, siempre y cuando, se respeten principios y garantías constitucionales

De acuerdo a lo señalado en la Ley 1857 de 2017, los empleadores deberán facilitar, promover y gestionar una jornada semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia.

En aplicación a lo establecido en el artículo 3 de la Ley 1857 de 2017, la Dirección General del IDU expidió la Circular No 16, informando a todos los servidores del Instituto que se otorgaría un espacio de 4 horas consecutivas remuneradas, con el fin de fomentar la unión e integración familiar.
En este marco, es procedente conceder las cuatro (4) horas en mención y no una jornada laboral completa?

Procedencia de otorgar comisión para desempeñar empleos de libre nombramiento y remoción a empleados que terminan el período de prueba

En el momento de superar el periodo de prueba por evaluación de desempeño sobresaliente el empleado es inscrito en carrera administrativa y adquiere los derechos propios de la misma, dentro de los que se encuentra la posibilidad de beneficiarse de la figura de la comisión para desempeñar empleos de libre nombramiento y remoción.

Suscripción de uno (1) o varios contratos de prestación de servicios con una o varias entidades del Estado o compañías privadas

No se encuentra impedimento o prohibición para que un particular suscriba uno (1) o varios contratos de prestación de servicios con una o varias entidades del Estado o compañías privadas, durante un mismo
lapso de tiempo siempre y cuando se acredite la idoneidad para la ejecución exitosa de los contratos.

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