Concepto técnico jurídico de cargos en las Subredes Integrales de Salud

1 "¿Se me indique si las funciones del DASCD son entre otras establecer directrices técnicas respecto de la gestión del recurso humano para el distrito capital en lo referente al sistema salarial, prestacional, nomenclatura y clasificación de empleos, manuales de funciones y competencias en las plantas de personal de los hospitales del distrito?
2 ¿Se me indique si el DASCD asesora y apoya técnicamente a las subredes integrales de servicios de salud sobre clasificación de empleos en las plantas de personale?
3 ¿Se me indique si el apoyo técnico y jurídico a dichas entidades es de obligatorio cumplimiento o no?
4 ¿Se me indique cuales son las funciones y competencias que tiene el departamento administrativo del servicio civil distrital con relación a la estructura organizacional de los servidores públicos (empleados públicos y trabajadores oficiales) de las subredes integradas de servicios de salud del distrito capital?
5 ¿Se me informe si el departamento administrativo del servicio civil distntal es la entidad encargada de determinar si los servidores públicos del distrito de Bogotá que prestan sus servicios a esas entidades son trabajadores oficiales o empleados públicos conforme a las normas que regulan el tema?
6 ¿Se me indique bajo qué criterios y normatividad el departamento administrativo del servicio civil distrital determina y establece tales calidades para el PERSONAL DE ARCHIVO, PERSONAL DE CORRESPONDENCIA, MENSAJERÍA, INGENIEROS BIOMÉDICOS, AUXILIARES ADMINISTRATIVOS, AUXILIARES DE ESTERILIZACIÓN y que normas los faculta para ello
7 ¿Se me informe si los cargos de PERSONAL DE ARCHIVO, PERSONAL DE CORRESPONDENCIA, MENSAJERÍA, INGENIEROS BIOMÉDICOS, AUXILIARES ADMINISTRATIVOS, AUXILIARES DE ESTERILIZACIÓN su clasificación puede vanar por la capacitación que puedan tener en su actividad laboral?
8 ¿Se me indique si dentro de la estructura de la planta de personal de los hospitales públicos de Bogotá adscritos al distrito capital hoy subredes integrales de servicios de salud, se han venado la clasificación del cargo, es decir, si siendo trabajadores oficiales se han transformado en empleados públicos o viceversa?
9 ¿Se me indique que cargos desde el año 1990 a la actualizada son y han sido trabajadores oficiales en razón a su actividad laboral en los hospitales del distnto hoy subredes integrales del servicio de salud?
10 ¿Se me indique código, nomenclatura administrativa, categoría, nomenclatura funcional, asignación mensual de los cargos del año 1990 al 2020 PERSONAL DE ARCHIVO, PERSONAL DE CORRESPONDENCIA, de MENSAJERÍA, INGENIEROS BIOMÉDICOS, AUXILIARES ADMINISTRATIVOS, AUXILIAR DE ESTERILIZACIÓN o cargos similares de igual o mayor categoría su la hay?
11 ¿Se me informe que auxiliares administrativos son trabajadores oficiales y cuales son empleados públicos si los hubiere, para ello solicito se me informe código, nomenclatura administrativa, categoría, nomenclatura funcional, asignación mensual en las dos modalidades si las hay?

Concepto sobre pago salario

"Mediante la Resolución (...) , me aceptan la renuncia presentada al empleo de (... ) Una vez notificado de la aceptación procedí a notificar a la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia la terminación de la comisión otorgada ( )
( ) La Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, resuelve terminar la comisión a partir
del 5 de noviembre de 2019 y me notifica que debo asumir el empleo de Profesional Especializado 222 grado 30
La Personería de Bogotá, ( ), reconoce y ordena pagar mis haberes laborales hasta el día 31 de octubre de 2019
La Secretaría Distrital de Segundad, Convivencia y Justicia, comenzó a pagarme mi salario desde el 5 de noviembre de 2019 ( )
Solicito por favor me informe de acuerdo a la normatividad vigente, cual entidad debe realizar el pago de mi salario del 1 al 4 de noviembre de 2019 y ajuste de mis haberes laborales? ( )

Cumplimiento de fallo judicial frente a orden de reintegro de empleo

( )
1 Fui reintegrada a la entidad INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES- IDARTES el día 15 de Septiembre de 2016 mediante fallo de tutela emitido por el Juzgado 31 Civil Municipal de Oralidad de Bogotá
2 El juzgado de primera instancia ordenó "El reintegro a un puesto de trabajo igual al que venía desempeñando"
3 El Juzgado 44 Civil del Circuito 1 día 28 de Septiembre de 2016 resolvió la impugnación interpuesta por el extremo accionado contra el fallo de tutela que profirió el Juzgado 31 Civil Municipal de Bogotá de modo que confirmó el fallo de pnmera instancia
4 Mediante la se efectuó el nombramiento como libre nombramiento y remoción al empleo auxiliar administrativo código 407 grado 2
5 Mediante Resolución 1228 del 18 de Septiembre de 2016 se modificó el manual de funciones y competencias Laborales de IDARTES, donde se encuentra la denominacióndel empleo Auxiliar Administrativo, Nivel asistencial, código 40,7 grado 2, Dependencia Dirección General, Cargo de jefe inmediato Director General
6 Aunque el nombramiento corresponde a la dependencia Dirección General nunca he desempeñado las funciones, ya que al reintegro a la entidad, IDARTES se me ubicó en el área del Almacén donde realicé mis labores, luego me trasladaron al área de Atención al ciudadano y por último a la Gerencia de Artes Audiovisuales
7 Aclaro que la situación descrita en el punto anterior, obedece al presunto acoso laboral por parte de la Ex Subdirectora Administrativa y Financiera, y que fue denunciado ante la personería de Bogotá
Petición
Por lo anterior, solicito de manera cordial al DASCD emita concepto respecto de la situación descrita, es decir que esté cumpliendo mis funciones en una dependencia a la que no correspondo y además me sean concertadas y evaluadas áreas en las que actualmente desempeño las labores, agradezco se me informe cual debería ser el proceder ante el IDARTES para que se dé cumplimiento al fallo judicial en su totalidad, esto de acuerdo con el nombramiento y el Manual de funciones en concordancia con los actos administrativos y el fallo de Tutela emitido por el Juzgado 31 de (sic) Civil Municipal de Oralidad de Bogotá

Modificación manual de funciones de empleos

"( )
• ¿Es posible realizar la modificación del manual de funciones y competencias laborales, en cuanto a la eliminación de disciplinas académicas de empleos vinculados por carrera administrativa y provisional, así dicha modificación fue originada por un rediseño institucional?
• Si se llegare a presentar la situación anterior, ¿la administración tiene el deber de notificar, o comunicar o socializar estos cambios con los servidores que ostenten ya sea de carrera o provisionalidad en empelo modificado?
( )"

Acreditación de requisitos para incentivo

"De conformidad con el artículo 2.2.10.12, del Decreto nacional 1083 de 2015 ( ) ¿A qué se refiere la norma cuando indica precisamente el tiempo de servicios?
( ) es importante precisar la interpretación de tiempo de servicios "no inferior a un año" si esta se refiere a su tiempo de vinculación en la entidad o tiene que ver con el último año de servicios que precisamente es el que se evalúo con corte a 31 de enero de 2020
De igual manera, es importante también determinar si los tiempos de novedades administrativas tales como incapacidades médicas interrumpen de alguna manera esta continuidad en el servicios

Traslado de funcionaria de carrera administrativa

"( )
Soy una funcionaria de la Secretana de Educación Distntal nombrada mediante convocatoria ( ) de la CNSC desde el año 2012, como actualmente por un excedente presentado en la Institución educativa donde laboro fui entregada a la Dirección Local de Educación como el funcionario que excede en el parámetro y debe ser re ubicada en otra Institución donde así se presenta la necesidad.
Solicito su aclaración al respecto, teniendo en cuenta que el ente nominador delega en el superior inmediato "rector" la decisión de entregar el funcionario a re ubicar según la necesidad que se presente en las Instituciones educativas de las 21 localidades del Distrito En la institución educativa hay un nombramiento temporal de una funcionaria en apoyo como contratada por una nómina con recursos propios del distrito para apoyar en las diferentes instituciones cuando así se amerita
La vinculación de los funcionarios de la SED en carrera se realiza mediante un concurso de méritos tanto del personal docente como del personal administrativo asignados a los diferentes planteles educativos garantizando así el derecho a la carrera administrativa y con ello los beneficios que conlleva
( )
Le informe al rector de la Institución de mi condición como madre cabeza de familia y le solicite no fuera yo la funcionara a re ubicar teniendo en cuenta que mis dos menores hijos y yo nos trasladamos a vivir a la localidad en vista de mi ubicación laboral Lo cual no se ha tenido en cuenta, y por el contrario mediante comunicados me reitera que debo entregar mi cargo
( )
Agradezco sus precisiones al respecto, siento que los derechos adquiridos mediante la
carrera administrativa, ya que el ente nominador designa en manos del rector decisiones que de por si están inmersas en la ley de provisionalidad no gozan de estabilidad alguna, en razón a que son vinculados a la administración mediante la discrecionalidad del nominador, y en consecuencia su retiro, traslado o reubicación es discrecionalmente y se debe dar por las necesidades del servicio el fuero de estabilidad se predica exclusivamente los funcionarios escalafonados en carrera ( )"

Traslado de funcionaria de carrera administrativa

"( )
Soy una funcionaria de la Secretana de Educación Distntal nombrada mediante convocatoria ( ) de la CNSC desde el año 2012, como actualmente por un excedente presentado en la Institución educativa donde laboro fui entregada a la Dirección Local de Educación como el funcionario que excede en el parámetro y debe ser re ubicada en otra Institución donde así se presenta la necesidad.
Solicito su aclaración al respecto, teniendo en cuenta que el ente nominador delega en el superior inmediato "rector" la decisión de entregar el funcionario a re ubicar según la necesidad que se presente en las Instituciones educativas de las 21 localidades del Distrito En la institución educativa hay un nombramiento temporal de una funcionaria en apoyo como contratada por una nómina con recursos propios del distrito para apoyar en las diferentes instituciones cuando así se amerita
La vinculación de los funcionarios de la SED en carrera se realiza mediante un concurso de méritos tanto del personal docente como del personal administrativo asignados a los diferentes planteles educativos garantizando así el derecho a la carrera administrativa y con ello los beneficios que conlleva
( )
Le informe al rector de la Institución de mi condición como madre cabeza de familia y le solicite no fuera yo la funcionara a re ubicar teniendo en cuenta que mis dos menores hijos y yo nos trasladamos a vivir a la localidad en vista de mi ubicación laboral Lo cual no se ha tenido en cuenta, y por el contrario mediante comunicados me reitera que debo entregar mi cargo
( )
Agradezco sus precisiones al respecto, siento que los derechos adquiridos mediante la
carrera administrativa, ya que el ente nominador designa en manos del rector decisiones que de por si están inmersas en la ley de provisionalidad no gozan de estabilidad alguna, en razón a que son vinculados a la administración mediante la discrecionalidad del nominador, y en consecuencia su retiro, traslado o reubicación es discrecionalmente y se debe dar por las necesidades del servicio el fuero de estabilidad se predica exclusivamente los funcionarios escalafonados en carrera ( )"

Derecho de liquidación para cargo provisional en caso del retiro del servicio

"( )
Actualmente Ostento un cargo provisional de  ( ) con vacancia definitiva en la Secretaría Distrital de Gobierno en la Ciudad de Bogotá? y tengo interés de conocer si dada mi condición laboral tengo derecho a alguna clase de liquidación?, en caso de que se presente un retiro del servicio o simplemente sea mi deseo presentar renuncia a dicho cargo agradezco me contesten dicho interrogante dado que he consultado diferentes pronunciamientos jurídicos pero ninguno es claro al respecto.
( )"

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