Aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud y Pensiones, durante períodos de licencia no remunerada o suspensión disciplinaria.

¿Es viable que el sisitema de seguridad social en salud realice cobros de deudas presuntas por la cotización completa (aporte patronal y aporte empleado), por los periodos en los que los funcionarios se han encontrado en licencia no remunerada o suspensión disciplinaria?.                                                     ¿Es viable que la entidad deba efectuar el pago de esa cotización completa o solo debe efectuar el pago por los aportes patronales?

Aportes a la seguridad social durante la licencia no remunerada.

¿Qué sucede cuándo el empleado no se incorpora a su trabajo luego de la licencia no remunerada, ya sea por abandono del cargo o por renuencia  voluntaria, y se ha cancelado por parte del Instituto Distrital para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico-IDEP la totalidad de los aportes de salud y pensión, a quien se le cobra el porcentaje que corresponde al empleado?

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